El suicidio médicamente asistido fue despenalizado hoy por la Corte Constitucional de Colombia, convirtiendose en el primer país de América Latina en hacerlo. A diferencia de la eutanasia, el paciente es quien ejecuta la acción para morir por su propia cuenta.

Con 6 votos a favor y 3 en contra, se legalizó este procedimiento. Esto gracias a que el Laboratorio de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (DescLAB) presentó una demanda.

El 1 de septiembre del 2021, la Corte Constitucional aceptó la demanda que buscaba “declarar la asequibilidad condicionada del inciso segundo del artículo 107 del Código Penal que establece penas de entre 32 y 108 meses de prisión a quien “eficazmente induzca a otro al suicidio, o le preste una ayuda efectiva para su realización””.

“Cuando la inducción o ayuda esté dirigida a poner fin a intensos sufrimientos provenientes de lesión corporal o enfermedad grave e incurable, se incurrirá en prisión de 16 a 36 meses”, sostenía la demanda.

El propósito de DescLAB era que “el suicidio asistido sea practicado por cualquier persona en cualquier caso”, sino que la Corte decidiera que “cuando un profesional de la medicina presta una ayuda para que otra persona ponga fin a su vida bajo ciertas condiciones, no recibirá un castigo penal”.

Los requisitos que la Corte para realizar este procedimiento en el país colombiano son: que la persona manifieste su consentimiento libre, informado e inequívoco para hacerlo; tiene una lesión corporal o una enfermedad grave e incurable; está sometida a dolores físicos y psicológicos incompatibles con su idea de dignidad, y la asistencia para la muerte sea prestada por un profesional de la salud.

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí