El Centro Ser de Tijuana celebró la aprobación de la Ley General de Operaciones de los Registros Civiles, misma que permite modificar los documentos de identidad como acta de nacimientos, por la identidad de la persona. Lo anterior no estará sujeto a un límite de edad.
Con la nueva ley, aprobada el 14 de marzo, las infancias y adolescencias trans podrán acceder a su cambio de identidad legal sin la barrera de la edad.
La ley, en su artículo 58, estipula: “La rectificación es administrativa o judicial. La rectificación es administrativa cuando enmienda, aclara, complementa, modifica, cancela o anula una inscripción en cualquiera de los datos que la integren, tales como, de manera enunciativa más no limitatica:
- Datos de registro
- Datos de identidad de las personas inscritas: nombre, apellidos, sexo, género, fecha y lugar de nacimiento, nacionalidad y filiación, datos relativos al hecho o acto del estado civil de que se trate”.
Lo anterior implicará que a la hora de tramitar la corrección por identidad de género, ya no se necesitará un acta nueva. Únicamente se cambiará la acta original y CURP con nombre y género elegido por la persona.
Asimismo este proceso quedará protegido por los siguientes criterios:
- Ser expedito.
- Tener por objeto garantizar la adecuación integral de la identidad de género auto-percibida.
- Respetar el consentimiento libre e informado de la persona solicitante sin exigir la mayoría de edad; la presentación de certificaciones médicas y/o psicológicas.
Además de la barrera de la edad, ahora tampoco se necesitarán “pruebas” médicas o expedidas por un psicólogo.
Esta propuesta de ley busca garantizar el derecho a la identidad de las personas y que puedan acceder a los servicios que proporciona el Registro Civil. Por ahora la ley pasó al Senado para que se discuta la iniciativa.