La diputada de Morena, María del Rosario Merlín García, propuso regular a los llamados “influencers” y que paguen impuestos cuando exista lucro en los contenidos que difunden en redes sociales.
Se trata de una reforma al artículo 32 BIS de la Ley Federal de Protección al Consumidor para que los creadores de contenidos digitales en materia de publicidad estén obligados a inscribirse bajo el régimen de servicios profesionales y pagar impuestos en caso de que sean remunerados.
De acuerdo con la iniciativa presentada en la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, no todos los usuarios que suban un video a las redes sociales van a tener que someterse a este tipo de regulación, sólo aquellos que presten un servicio económico.
También busca regular la publicidad engañosa y para ello establece que “youtubers” e “influencers” deberán especificar en los contratos la naturaleza publicitaria del contenido que publican y contar con los medios de prueba que acrediten la veracidad de las afirmaciones objetivas respecto de su producto o servicio de manera previa a la difusión.
“Se va a regular toda publicidad engañosa, que ahora se abre terreno libre en mucho de los canales de estos prestadores de servicio de comunicación audiovisual y que ha tenido repercusiones públicas con casos sonados de promoción a la anorexia, a ludopatía o incluso la adicción a las drogas”, dice el proyecto.
Los insta a contar con las autorizaciones o licencias para el uso de signos distintivos u obras protegidas por derechos de autor y que toda publicidad digital por la que obtengan un rédito tenga la leyenda #PublicaciónPaga.
Además de que tendrán la obligación de mencionar al anunciante e identificar claramente aquellas comunicaciones publicitarias digitales de producto que sean inconvenientes para personas menores de edad.
“Hoy, la actividad de los prestadores de servicio de comunicación audiovisual profesionales no está sometida a ninguna norma, como cualquier ciudadano, el cual, si está sujeto, y el objeto de esta iniciativa es regular a los creadores de imagen digital mal conocidos como “influencers” y “youtubers”, dice la iniciativa.
Por ello, dice la propuesta, “se debe definir la publicidad de contenido como el acto por el cual un creador de contenido recibe una contraprestación, sea efectivo, en especie u otros beneficios en la entrega de productos, créditos o tarjetas de regalo, hospedajes, viajes o invitaciones a eventos, entre otras cosas, a cambio de otorgar servicios de difusión, recomendación o promoción a través de sus perfiles en redes sociales”.
Definido esto, la iniciativa establece que los creadores de contenidos tendrán que transparentar la publicidad de forma “explícita, inmediata y adecuada” para que la población consumidora se entere sobre los riesgos y estafas de publicidad e información engañosa que ocurren en redes sociales a través de creadores de imagen o líderes digitales y otros perfiles.
Con información de Reuters.