Una jueza federal ha emitido una suspensión definitiva que impide que la reforma al Poder Judicial sea enviada a los congresos estatales. Esta reforma, aprobada previamente por la Cámara de Diputados, llegó al Senado esta mañana.

La resolución fue dictada por Martha Eugenia Magaña López, Jueza Quinto de Distrito en el Estado de Morelos. La jueza también destacó que ni el presidente Andrés Manuel López Obrador ni la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados respondieron a las solicitudes de “informe previo”, que son obligatorias cuando se acusa a las autoridades de violar derechos humanos.

En consecuencia, Magaña López advirtió que el incumplimiento de esta suspensión definitiva, así como la negativa a atender el juicio, podría considerarse un delito equivalente al “abuso de autoridad”.

Un manifestante sostiene una pancarta que dice “No a la reforma judicial” durante una protesta en contra de una reforma judicial propuesta por el gobierno mexicano, en la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), en Ciudad de México, México. 28 de agosto de 2024 REUTERS/Raquel Cunha

Este fin de semana se conoció que la jueza había otorgado una primera suspensión provisional para evitar que el Pleno de la Cámara de Diputados discutiera la reforma judicial. Esto ocurrió después de que varios jueces interpusieron un juicio de amparo, alegando que la reforma, de ser aprobada, los separaría de sus cargos sin el debido proceso, afectando gravemente sus derechos laborales, psicológicos y económicos.

La reforma había sido discutida y aprobada en términos generales con 359 votos a favor, 135 en contra y ninguna abstención, y en lo particular con 357 votos favorables. La jueza decidió conceder la suspensión definitiva para evitar que el proceso avance más allá de este punto.

Magaña López precisó que la reforma no podrá ser considerada ni aprobada por la nueva legislatura, y las autoridades deberán abstenerse de enviarla a los Congresos estatales y de la Ciudad de México hasta que el juicio de amparo se resuelva de manera definitiva.

Además, explicó que la suspensión definitiva era procedente porque, al no haber sido aún votada por la Cámara de Senadores para su envío a los Congresos estatales, era posible suspender el acto reclamado para analizarlo antes de que se materialice una posible violación a los derechos de los jueces solicitantes del amparo.

La jueza indicó que no se puede considerar que la afectación a los jueces se dará solo al final del proceso de reforma. Una vez que el proyecto sea discutido, votado y aprobado por el Poder Constituyente, y posteriormente refrendado por el Poder Reformador para su sanción y publicación, se concretaría el acto que impactaría a los jueces y los dejaría en una situación de indefensión.

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