El jueves 2 entraron en vigor dos de las leyes más progresistas impulsadas por el Ministerio de Igualdad del gobierno de coalición PSOE-Unidas Podemos –publicadas en el Boletín Oficial del Estado (BOE) español el miércoles 1–, la conocida como “Ley Trans” y la que modifica el aborto.

En ambas leyes se establece los 16 años para que una persona pueda elegir el cambio de sexo ante las autoridades del registro civil, en el caso de la primera, y en la del aborto, se establece esa edad como derecho de las menores para realizar un aborto sin necesidad de contar con el consentimiento de sus progenitores o tutores legales.

La Ley Trans, efectivamente, fue aprobada en el Congreso de los Diputados, el pasado 16 de febrero, en la que se establece el principio de autodeterminación del sexo registral, es decir, las personas a partir de los 16 años que quieran cambiar de sexo solo tendrán que acudir al Registro Civil y manifestar su sexo adoptado para cambiarlo en su documentación oficial.

Esto da pie a que se pueda cambiar el nombre, aunque no es un requisito necesario.

Otras medidas de esta nueva norma plantea la no obligación del matrimonio entre las parejas lesbianas para registrar a los hijos o hijas en el Registro Civil. Hasta antes de su entrada en vigor la ley establecía que las parejas de mujeres precisaban estar casadas para poder realizar este trámite.

Por su parte, también entró en vigor la ley del aborto, cuyos cambios la convierten en pionera en Europa, debido al abanico de derechos del que podrán disfrutar las mujeres en relación a este derecho.

No se trata de una nueva legislación, sino de una amplia modificación a la aprobada en 2010. Entre las novedades figura la de devolver a las menores de 16 y 17 años de edad el derecho a realizar un aborto sin necesidad de contar con el consentimiento de sus padres o tutores legales.

Dicha posibilidad estaba en la legislación española desde 2010, pero fue eliminada en 2015, cuando gobernaba el Partido Popular, que tenía mayoría en el Congreso de los Diputados en ese momento.

La ley plantea que la sanidad pública participe en la interrupción del embarazo y que se pueda realizar en el hospital más cercano al domicilio de la mujer, para ello, la ley establece la necesidad de que se creen listas de médicos objetores de conciencia, al estilo de las que se establecieron en la ley de eutanasia. Con esta medida, se pretende conocer la capacidad de los centros sanitarios públicos para contar con personal capacitado para realizar estas intervenciones.

La ley estipula, además, una baja médica para las reglas dolorosas incapacitantes, al igual que una baja a partir de la semana 39 de embarazo. Sin embargo, estas medidas comenzarán a aplicarse a partir de los tres meses de publicada la ley.

La reforma amplía el acceso a anticonceptivos de última generación y establece que los centros sanitarios tienen que contar con la conocida píldora del día después.

Esta legislación fue anunciada desde el principio de su mandato por el presidente socialista Pedro Sánchez, que gobierna en coalición con Unidas Podemos.

De Apro.

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