La diputada de Morena, Michelle Sánchez Allende, dio a conocer que ya se reconoce la violencia vicaria en las leyes del estado.

Para llevar a término esto se reformaron los artículos 6, 7 y 25 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. De igual forma también se sujeto de cambios el artículo 242 BIS del código penal de BC.

En las reformas se incluye la definición de violencia vicaria como: “Acto u omisión intencional cometido contra la mujer por parte de quien mantenga o mantuvo una relación, ya sea de hecho, de pareja, o similares, aun sin convivencia y que por sí misma o por interpósita persona utilice como medio al descendiente, ascendiente, dependiente económico o persona con relación afectiva de la mujer para causarle algún tipo de perjuicio o daño psicológico, patrimonial, económico, físico o de cualquier otra índole”.

La pena para aquellos que usen a terceras personas para perjudicar a las mujeres, oscilará entre los 6 meses y 4 años de cárcel. De igual forma las víctimas podrán recuperar inmediatamente a sus hijos menores de 18 años y personas que necesiten cuidados especiales, luego de haber sido sustraídos.

Las formas en que se expresa la violencia vicaria son:

  • Amenazas de dañar a personas allegadas.
  • Retener a hijas e hijos fuera de su domicilio custodio o lugar de residencia.
  • Utilizar a hijos e hijas para obtener información respecto a la madre o promover actos. de violencia en su contra.
  • Condicionar el pago o cumplimiento de obligaciones alimentarias y utilizar a otros familiares o personas allegadas para cometer este tipo de violencia.

Esta reforma también contempla el rol del Estado en seguir perpetuando este tipo de violencia, pues si las instituciones no la reconocen, emitirán sentencias que van en contra de los derechos de las mujeres y la niñez.

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