Los consejeros del Instituto Nacional Electoral (INE) que pretendieron aplazar la realización del proceso consultivo para la revocación de mandato del presidente de la República, sufrieron una doble derrota jurídica en apenas una semana, y ahora están obligados a realizar dicho ejercicio de votación, víctimas de su propia trampa jurídica.

Además, ahora deberán escuchar las propuestas del bloque minoritario, que encabeza la consejera Carla Humphrey Jordan, para calcular posibles ahorros y ajustes presupuestales que permitan realizar ese ejercicio de votación.

La Comisión de Receso de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) emitieron acuerdos y resoluciones que echaron abajo la pretensión del bloque mayoritario en el INE de posponer la consulta que impulsa el presidente Andrés Manuel López Obrador, para utilizar, por primera vez, la figura de revocación de mandato en un proceso electivo.

Acorralado por su fallida estrategia legal, el Consejo General del INE sesionó de manera extraordinaria el 30 de diciembre último y aprobó, por unanimidad, continuar con el proceso de revocación de mandato tras las resoluciones de las ministras Yasmín Esquivel Mossa y Margarita Ríos Farjat.

En buena medida, el acuerdo adoptado por el INE que pretendía obligar al gobierno del presidente Andrés Manuel López Obrador a aumentarles el presupuesto, para poder realizar la consulta de revocación de mandato, se le revirtió al consejero presidente, Lorenzo Córdova, y a los otros cinco consejeros que apoyaron su propuesta.

El tropiezo del INE comenzó cuando la Cámara de Diputados y la Consejería Jurídica de la Presidencia presentaron por separado controversias constitucionales para impugnar el aplazamiento de la consulta, por lo que ambas instancias obtuvieron suspensiones para dejar sin efecto el acuerdo general del INE, que pretendía posponer dicho ejercicio con el argumento de una “insuficiencia presupuestal”.

Punto para los consejeros

El propio INE presentó una controversia constitucional contra la determinación de la Cámara de Diputados de no aprobar el presupuesto que ese instituto había solicitado rumbo a 2022, incluyendo los 3 mil 830 millones 448 mil pesos para realizar un posible referendo revocatorio. 

Ese recurso fue admitido a trámite, pero el instituto no logró que el ministro Juan Luis Alcántara Carrancá les concediera una suspensión para frenar el proceso, como anunciaron en una sesión pública, esperando que la Corte les diera la razón. Esa fue su primera derrota jurídica.

Paradójicamente, en esa misma controversia los consejeros del INE lograron una victoria que ha pasado inadvertida hasta para sus críticos.

A la par de que se lamentaban del recorte presupuestal, los consejeros electorales solicitaron conservar sus salarios que están por encima de lo que gana el presidente López Obrador, por lo que impugnaron los topes salariales previstos en la Ley de Egresos, logrando una suspensión para que sigan cobrando sus salarios actuales. 

Esa suspensión obedece a los precedentes legales que existen para que no se reduzcan los sueldos en los organismos autónomos, pese a las leyes de austeridad. De manera deliberada, el INE no celebró su pequeño triunfo.

Además de las controversias constitucionales, el INE se enfrentó a un recurso de apelación presentado por el partido Morena contra el acuerdo que posponía la consulta de revocación de mandato, recurso que fue resuelto por la Sala Superior del TEPJF, también con resultados desfavorables para la posición oficial del instituto electoral.

Los argumentos esgrimidos por Lorenzo Córdova –sobre la “insuficiencia presupuestal”– fueron desestimados por los magistrados electorales que votaron de manera unánime por revocar el acuerdo aprobado el 17 de septiembre último por el INE, con el argumento de que éste no tiene facultades constitucionales para suspender la consulta sobre la revocación de mandato, prevista para abril del próximo año.

La Sala Superior del TEPJF fue contundente: la consulta sobre revocación de mandato sólo se puede suspender en caso de que los simpatizantes del presidente Andrés Manuel López Obrador no logren juntar las 2 millones 700 mil firmas de personas inscritas en el padrón electoral, equivalente a 3% del listado nominal de electores y con una representatividad en el mismo porcentaje de 17 entidades federativas.

Incluso, la resolución advierte que el Consejo General del INE ni siquiera intentó acreditar la supuesta “insuficiencia presupuestal” que argumentó para aplazar la consulta de revocación de mandato, por lo que ahora deberán fundar y motivar cualquier solicitud de recursos adicionales que le hagan a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).

Por lo anterior, ordenó al INE agotar la posibilidad de implementar ahorros y ajustes presupuestales para explorar la obtención de recursos financieros que le permitan a ese organismo seguir con el proceso para realizar la consulta de revocación de mandato y así poder garantizar la participación ciudadana.

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