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Resalto que esta medida ha sido controversial en diversos países, y México no ha sido la excepción, puesto que se presta a la interpretación y en ello deben ir razones justificadas y sustentadas para su emisión.
En este sentido, aseguró que se justifica la medida en el hecho de ponderar el derecho a la salud y la vida, por encima del derecho al libre tránsito, en la medida también que la institución y la Secretaría de Salud justifican las razones de evitar la propagación de contagios y de la variante Ómicron.
Destaco que en un ambiente idóneo en el que no hubiera pandemia, esta medida “obviamente sería violatoria de los derechos humanos, sin embargo, la pandemia nos ha venido a enseñar sobre la interpretación de las restricciones de ciertos derechos; lo que pide la Comisión es que ante cualquier medida se haga el ejercicio de ponderación o justificación legítima de la autoridad”.
También refirió que lo que han observado es que la pandemia ha venido a mostrar que algunos aspectos se deben ponderar por temas de salud, y mientras exista una sólida justificación es viable que se tomen en cuenta estas recomendaciones que se hacen.